En el marco del expediente abierto por el INADI conta Juan Carlos Beica, lider de la agrupación de izquierda Convergencia Socialista, se ha presentado un escrito al INADI rechazando las acusaciones vertidas contra este señor por antisemitismo.
El escrito presentado es una humorada, además de contener inexactitudes hístoricas, de nombres, y una pobre argumentación hay fragmentos que han sido extraídos directamente de Wikipedia y ni siquiera se encargaron de borrarle los links.
A continuación citó el escrito y las respuestas que refutan semejantes inexactitudes:
Atento las expresiones que ha vertido Ud. ante la prensa con motivo de las movilizaciones llevadas a cabo en el Hotel Intercontinental, la sede de la Amia – por encontrarse allí Yoav Bar-On, director del departamento de América Latina de la cancillería israelí – y el escrache efectuado a Eduardo Elsztain – Tesorero del Consejo Judío Mundial – realizado por los abajo firmantes; así como la presentación ante la justicia llevada adelante por el Instituto que preside para su investigación, le hacemos llegar nuestro reclamo en cuanto a la necesidad de su inmediata intervención para que cese la persecución político-ideológica sobre nuestros militantes y el resto de las organizaciones sociales de la Nación por constituir una flagrante violación a la Ley 23.592 para la penalización de actos discriminatorios.
Este primer párrafo es meramente descriptivo. Se admite que el escrache contra la AMIA fue por que allí se encontraba Yoav Bar-On, director del departamento de America Latina de la cancillería israelí. Es decir, la presecución a Bar-On se debió a su condición de israelí, es decir que estaría infringiendo el artículo 3 de la Ley 23.592:
ARTICULO 3.- Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.
Hasta ahí llega la defensa a los actos de Beica y cia, el supuesto objetivo de este escrito. Y a continuación se ennumeran argumentos falaces ya conocidos por todos y disparatadas ideas nuevas.
Asimismo, manifestamos nuestra preocupación en torno a las relaciones con las entidades judías que representan las posiciones diplomáticas del Estado de Israel, respecto de los antecedentes y cuestiones que se detallan a continuación:
I.- Es incuestionable que el sionismo utilizó a las Naciones Unidas para la creación del Estado de Israel, a expensas de los derechos inalienables del pueblo palestino. Pero una vez obtenida la Resolución de la ONU Nro. 181/II de 1947 para la partición de Palestina que posibilitaría la existencia del Estado judío, Israel avanzó en su política guerrerista y expansionista contra las naciones árabes vecinas y en particular de Palestina incluso más allá de las resoluciones de la propia ONU, avasallando así los más elementales derechos humanos de sus habitantes.
Es dificil de comprender este párrafo. En primer lugar, la primer frase parecer favorable al «sionismo», que apeló a un organismo democrático y multilateral para poner en discusión la partición palestina, que determinaría despues la existencia de un estado judío y otro arabe-palestinos y no a expensas del «pueblo palestino». Según este escrito, el Estado de Israel, «avanzó en su poítica guerrerista y expansionista» a pesar de que fue el naciente estado judío el atacado por varios ejercitos árabes.
Luego, el estado genocida de Israel ha desoído innumerables Resoluciones posteriores de la ONU que lo conminaban a cesar la ocupación territorial, la instalación de colonias, el ataque a la población civil, la aplicación de torturas a los palestinos secuestrados en campos de concentración como el Ansar I y II y la deportación forzada de personas.
El «campo de concentración» Ketziot (conocido en árabe como Ansar, que comparado con un verdadero campo de concentración nazi sería una especie de resort caribeño) al que se hace referencia, fue un campo de prisioneros de guerra de la guerra del líbano en 1982, a diferencia de los campos de concentración utilizados por los nazis para deportar judíos solo por el hecho de ser judíos, y luego exterminarlos de manera sistemática.
Entre algunas de las principales resoluciones, figuran: la 181/II, que los sionistas violaron al crear el estado con el 78 % del sector occidental de Jerusalem, y no el 55% otorgado por la ONU; como las número 242 del CS del 22/11/1967; 2672 (XXV) del 8/12/1970; 2727 (XXV) del 15/2/1970; 298 del CS del 25/9/1971; 2787 (XXVI) del 6/12/1971; 2799 (XXVI); 2949 (XXVII) del 8/12/1972; 3175 (XXVII) del 17/12/1973; la 478 del 20/8/1988 del CS que le exige a Israel, la potencia ocupante, no convertir a Jerusalem en su capital y le pide a los países miembros no reconocer Jerusalem capital israelí y mantener sus misiones en Tel Aviv. Las 45/74 del 11/12/1990; 681 del CS del 20/12/1990; 49/149 del 23/12/1994 y 51/190 del 13/12/1996. Y, esencialmente las últimas resoluciones del Consejo de Seguridad: 1397 del 12/3/2002; 1515 del 19/11/2003; 1850 del 26/11/2008 y la 1860 del 9 de enero 2009. Todas estas fueron apoyadas por la Argentina y al mismo tiempo violadas por la potencia ocupante.
La mala investigación de esta gente queda en evidencia cuando afirma que » los sionistas violaron al crear el estado con el 78 % del sector occidental de Jerusalem, y no el 55% otorgado por la ONU», cuando en realidad es en referncia a todo el Mandato Britanico de Palestina y no Jerusalem. El aumento del porcentaje de territorio para Israel se debió a su victoria en la guerra iniciada por los países árabes.
Las gran mayoría de las resoluciones mencionadas son provenientes de la Asamblea General, esto quiere decir que segun el derecho internacional no son vinculantes. La Asamblea General, cabe destacar, se encuentra secuestrada por el Movimiento No Alineado, cuyo sub-bloque mas importante es la Organización de la Conferencia Islamica.
Sobre la Resolución 242 del Consejo de Seguridad se puede leer acá.
Por otra parte la agresión militar contra civiles que la potencia ocupante denominó Plomo Fundido, una guerra unilateral contra el Pueblo Palestino, contradice flagrantemente los Tratados Internacionales suscriptos por nuestro país, alguno de los cuales detentan jerarquía constitucional, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos que asimismo contempla “recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión” y que resulta aplicable “tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía”; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que además reconoce el derecho de los Pueblos a su autodeterminación; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial; la Convención Contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y la Convención sobre los Derechos del Niño.
En este párrafo se encargan de desconocer el constante asedio de los cohetes lanzados contra israelies por parte de Hamas, gobernante de facto en Gaza. Además invocan el “recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”, como justificativo de los ataques palestinos (que no mencionan.) Esto merece dos respuestas: 1. Ese recurso es aplicado contra la población civil del supuesto opresor? 2. Tanto la respuesta militar israelí como el embargo economico a Gaza, que fueron posteriores a la retirada de Israel desde Gaza, son la consecuencia del incesante lanzamiento deliberado de cohetes contra civiles israelíes.
En este sentido y tal como se desprende de lo expuesto en los párrafos precedentes coincidimos plenamente con las consideraciones que Ud. Misma vertiera ante la prensa en el sentido de que “Israel violó el Derecho Internacional y esto se le volvió en contra”.
Es decir, el antisemitismo esta justificado por las acciones de Israel.
II.- Los bombardeos en la Franja de Gaza han despertado la indignación internacional y casi todos los pueblos repudiaron de diversas formas las acciones militares del Israel que tuvieron como principal objetivo a la población civil que habita ese pequeño territorio en flagrante violación de lo dispuesto por el IV Convenio de Ginebra.
Las bombas de fósforo blanco y las bombas tipo racimo, que se agregan a la acción genocida que desarrolla la potencia ocupante de Israel desde el momento mismo de su creación hasta nuestros días sobre el territorio del Pueblo Palestino, implican una abierta violación al Protocolo I Adicional a los Convenios de Ginebra definidos en el mismo como Crímenes de Guerra.
Frente a la inacción de la comunidad internacional la solidaridad de los pueblos hizo sentir su voz. Fue en ese contexto que nuestras organizaciones llevaron adelante las manifestaciones cuestionadas por la DAIA y algunos de los miembros de los “Familiares y Amigos de Víctimas del Atentado a la Amia”.
El segundo párrafo es bastante dificil descifrar el mensaje. Acá traté el asunto del derecho internacional y las supuesta violaciones de Israel. Además hay que señalar que teniendo en cuenta lo que se alega, Israel ha estado llevand a cabo el genocidio mas largo, caro, inefectivo y contraproducente de la historia, ya que la población palestina no ha parado de crecer desde 1948 a esta parte.
III.- En nuestro país desde el comienzo mismo de los bombardeos sobre la población civil que habita la Franja de Gaza se multiplicaron las expresiones de condena a la bárbara agresión Israelí tomando la forma de manifestaciones populares, notas periodísticas, solicitadas, etc.as
Cabe señalar que todas estas expresiones se realizaron al amparo de nuestro derecho constitucional a manifestarnos, peticionar a las autoridades y ejercer nuestro más elemental derecho al ejercicio de la libertad de pensamiento y de expresión (art. 13 del Pacto de San José de Costa Rica, con rango constitucional de acuerdo al art. 75 inc. 22 de nuestra Carta Magna), incluidas por supuesto aquellas por las que se nos acusa inadmisiblemente de “antisemitas”.
Son inadmisiblemente antisemitas, pero no por ese motivo no se les debe permitir hablar.
Estas acciones no subsanan las omisiones del gobierno nacional del que esperábamos una respuesta alineada a la adoptada por la hermanas Repúblicas Bolivariana de Venezuela y Bolivia al disponer la ruptura de las relaciones diplomáticas con el genocida estado israelí y su política sionista, sumándose así a la decisión del Gobierno Cubano tomada en el marco de la Conferencia de Países No Alineados desarrollada en Argel en 1973.
Bla,bla,bla.
IV.- Como consecuencia del generalizado repudio de la sociedad argentina a la barbarie del ocupante Israelí, entendemos se ha orquestado una campaña desde la embajada israelí en nuestro país, violando el respeto a la no ingerencia interna, contra las organizaciones populares (organizaciones sociales y religiosas de la comunidad árabe, partidos políticos, organizaciones de derechos humanos, sindicatos, movimientos sociales etc.).
«generalizado repudio de la sociedad argentina a la barbarie del ocupante Israelí», «una campaña desde la embajada israelí en nuestro país», pruebas?
En verdad nuestra Nación – en particular quienes realizamos esta presentación – no somos la excepción a la habitual estrategia de la cancillería Israelí frente a las legítimas manifestaciones de los pueblos contra su política criminal, a través de sus embajadas y voceros menores. Cada vez que el sionismo viola el derecho internacional público acusan a cualquier demostración de repudio de representar un “peligro antisemita”.
No es asi, solo sucede cuando estos que alegan manifestar expresiones de repudio comparan a Israel con los nazis, acusan sin fundamentos de cometer un genocidio, banalizan el holocausto, escrachan judíos y los llaman ratas.
Pero cómo podría ser antisemita una marcha a favor del pueblo árabe que es justamente semita y donde además habían concurrido compañeros judíos? La verdadera intención de las huestes sionistas en la Argentina es confundir antisionismo con antisemitismo.
Es verdad, desde que en el S. XIX el termino fue acuñado en Alemania se ha utilizado para describir el odio hacia los árabes en Europa, de hecho su antecesora judenhass hace referncia a lo árabes, y solo en la actualidad los judíos se han apropiado de tal termino, al igual que del estado palestino que existía anteriormente a Israel.
Ahora, en serio:
El término antisemitismo se formuló para referirse específicamente al odio a los judíos. El término nunca ha sido utilizado para referirse al odio a los árabes. Los reclamos que afirman lo contrario constituyen un esfuerzo por disminuir la potencia del término o apropiarse de él.
Las raíces históricas del término “antisemitismo” se remontan al siglo XIX cuando fue inventado y popularizado por escritores e intelectuales alemanes antijudíos en las últimas décadas del siglo. La antropología de la época dio el nombre “Semítico” –del hebreo “shem”, uno de los hijos de Noe- a una familia de lenguajes que incluye el hebreo, árabe, asirio y fenicio; los miembros de los grupos que hablaban estas lenguas eran los “semitas”. Gracias a la ayuda de la “ciencia” racial de finales del siglo, el término “semítico” fue cada vez más usado para designar a los judíos como una “raza” con atributos biológicos innatos. El uso del término “antisemitismo” para simbolizar específicamente la oposición o antagonismo a los judíos fue sugerido por primera vez por el periodista alemán Wilhelm Marr en su obra de 1879 La victoria del judaísmo sobre el germanismo, un éxito de ventas que contribuyo a ubicar “la cuestión judía” en el centro de la política alemana. En pocas palabras, antisemitismo se refiere al odio a los judíos, sin importar la nacionalidad, raza, color o credo de quien lo practica. Tratar de rechazar el término por motivos semánticos no elimina su existencia ni su historia.
Por el momento me canse, pero quería que este publicado (son las 2 AM). Probablemente otro dia termine de completar lar respuesta.
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